Vertederos y ordenamiento territorial

En febrero pasado un grupo de consejeros regionales manifestó su preocupación por la falta de información respecto del real estado de los vertederos en funcionamiento, así como de la eficiencia de los rellenos sanitarios operativos. Desde Salud indicaron que de 16 vertederos que había el 2005 solo quedan dos activos, cuya vida útil no superaría el 2022.

Uno podría pensar que esta respuesta es suficiente para quedarse tranquilo. Pero la verdad es que no, por varias razones evidentes: porque seguimos hablando de un tema sanitario que debió haber estado resuelto hace mucho tiempo atrás; que el funcionamiento de vertederos por décadas, genera un impacto al que hay hacer seguimiento en el tiempo; que la ubicación de vertederos y rellenos sanitarios se hace, en general, sobre la base de la oferta y la demanda, más que como fruto de una planificación; y que la actualización de la ley sobre gobierno y administración regional incorporó importantes normas sobre ordenamiento territorial, en particular para el tratamiento y disposición de residuos.

La Ley N°19.175, modificada por la Ley N°21.073, que regula la elección de gobernadores regionales, establece en su artículo 17, que serán funciones del gobierno regional: “elaborar y aprobar el plan regional de ordenamiento territorial en coherencia con la estrategia regional de desarrollo y la política nacional de ordenamiento territorial”; agregando que dicho plan “es un instrumento que orienta la utilización del territorio de la región para lograr su desarrollo sustentable” y que “establecerá, con carácter vinculante, condiciones de localización para la disposición de los distintos tipos de residuos y sus sistemas de tratamientos y condiciones para la localización de las infraestructuras y actividades productivas en zonas no comprendidas en la planificación urbanística, junto con la identificación de las áreas para su localización preferente”.

La norma establece que el plan regional es de cumplimiento obligatorio para los ministerios y servicios públicos que operen en la región, agregando que en materia medioambiental debe “fomentar y velar por la protección, conservación y mejoramiento del medio ambiente, adoptando las medidas adecuadas a la realidad de la región”.

Todo lo anterior permite configurar un marco legal que, después de demasiado tiempo, avanza en una temática central cual es el ordenamiento territorial, que no solo se ha necesitado para un adecuado manejo de los residuos, sino también para la localización de otras obras de infraestructura, de las cárceles y los cementerios, considerando que estos últimos pueden terminar afectando las napas subterráneas.

Entonces, lo que se requiere es que además de los estudios técnicos se considere la opinión y participación de las comunidades para definir además de sus vocaciones productivas, sociales y culturales, sus necesidades de conservación y protección y el uso sustentable de sus recursos naturales, la existencia de una adecuada política de ubicación de rellenos sanitarios, sin perder de vista el monitoreo de los planes de cierre de los vertederos. Ello debiera permitir que a diferencia de lo que ha ocurrido hasta hoy, no sean las comunidades más pobres y postergadas las que deban asumir el costo de tales decisiones. No podemos sumar a las “zonas de sacrificio” ya existentes, nuevos territorios “perdedores”, para que otros puedan “desarrollarse”. 

Como lo ha dicho la OCDE “la decisión sobre qué obras construir y cómo construirlas deberán considerar cada vez más las externalidades negativas”. Esa es la única forma, como señala el PNUD, en que el “progreso” sea efectivamente multidimensional para que ese desarrollo tenga límites normativos “que en nada disminuyan los derechos de las personas y las comunidades”.

Por lo expuesto, el caso de los vertederos aun en funcionamiento, cuyos efectos habrá que tratar por muchos años y cuyos suelos no pueden ser utilizados para otros fines, por los riesgos asociados a la sismicidad, los bolsones de gas y diversas formas posibles de contaminación, es uno de esos temas que nos sirven para ejemplificar las complejidades y carencias que ha tenido el inorgánico y desigual ordenamiento territorial que ha existido hasta hoy y cuyos efectos son aplicables a otros ámbitos.

Para todo lo anterior existen, además, antecedentes diversos en otras regiones. Ya en el 2012, la Universidad de Chile elaboró para el Gobierno Regional Metropolitano una visionaria guía metodológica para la planificación ecológica del territorio. Y más atrás aun, en 1996, el diseño de un plan de cierre y rehabilitación de áreas utilizadas como vertederos o rellenos sanitarios, elaborado por la Universidad de Valparaíso para la Conama, establece entre sus índices de calidad ambiental de los vertederos el “bienestar de la comunidad”.

En síntesis, la próxima elección de gobernadores regionales, no solo posibilita un avance en democratización tardía de nuestra sociedad, sino que permitirá poner sobre la mesa aquellos temas y conflictos que hasta ahora los distintos gobiernos han tratado de ignorar o de esconder bajo la alfombra debido a su “baja rentabilidad” electoral, sino que además posibilitará que las comunidades organizadas exijan claridad en las propuestas y programas que candidatas y candidatos ofrezcan a una ciudadanía más informada y que quiere claridad sobre lo que ocurre en los territorios donde vive y sueñan con mejores mañanas para sus hijos.